Queremos informaros que desde mañana es obligatorio el uso de mascarillas en personas de seis años en adelante, en vías públicas, espacios al aire libre y espacios cerrados de uso público, siempre que no pueda mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de dos metros.
Para conocer los detalles, a continuación os hacemos un resumen de la Orden SND 422/2020, publicada hoy en el BOE:
Publicación
BOE N.º 142, de fecha 20-05-2020.
Entrada en vigor
A partir de mañana, 21-05-2020, mientras dure el estado de alarma y sus prórrogas.
Objeto
Regular el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población.
Clases de mascarillas autorizadas
Cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca
Sujetos obligados al uso de mascarillas
Las personas de seis años en adelante.
Excepciones al uso obligatorio
- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Espacios en los que resulta obligatorio el uso de mascarilla
- Vía pública
- Espacios al aire libre
- Cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público
En todos los casos, el uso es obligatorio siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.